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Autor: Cr. Luis Alberto Dalcol, 02/2022

El Tribunal Fiscal de la Nación es la primera instancia  administrativa que tienen los contribuyentes cuando no están de acuerdo con las determinaciones de la Dirección General Impositiva o de la Dirección Nacional de Aduana, en impuestos y en sanciones.

Su Presidente, nombrado a fines del año pasado, ordena no retenerse el impuesto a las ganancias. Se hace público su argumento: “que viene del Poder Judicial”.

Los Jueces, Fiscales, Defensores del Poder Judicial de la Nación nombrados a partir de 2017, desde 2019 deben pagar el impuesto mencionado. El Tribunal Fiscal de la Nación es un organismo administrativo que no integra el Poder Judicial de la Nación. El Presidente, los Vocales y los empleados que superan el mínimo no imponible  están obligados a pagar el tributo, y el empleador está obligado a retener.

Hasta el momento, la conducción nacional – más política que técnica y autárquica – de  A.F.I.P. no ha informado de haber ordenado inspección o determinado de oficio  la evasión. Recibe los datos en forma directa por la presentación de las declaraciones juradas del Tribunal Fiscal de la Nación en su condición de contratante o de agente pagador.

Se reitera, el responsable del tribunal encargado de dirimir sobre los litigios impositivos entre el Estado y los contribuyentes no cumple con el pago de sus propios impuestos, iguales por los que juzga.

Más allá de los importes, cuesta aceptar estas conductas ilegales – y desvergonzadas – desvinculadas de la ética en el ejercicio del cargo  en un Estado desquiciado.

Como el funcionario de Derechos Humanos que cacheteara a una mujer, o  el abuso de poder de la funcionaria beneficiada con haberes previsionales duplicados, ilegales, desproporcionados e incomparables con la media del sistema; que para su rápida obtención  acortara plazos y anulara apelaciones ordinarias – administrativas y judiciales – por las que normalmente cursan los ciudadanos que no están en el poder.

Así, la avaricia, colisiona con el honor del cargo, y lo desmerece. Tránsitos por atajos, alejados de los corrientes por el que peregrina el contribuyente y jubilado común.

Son hechos pequeños y grandes al mismo tiempo. Pequeños en lo pecuniario. Grandísimos en la pésima ejemplaridad del ejercicio del poder delegado al funcionario público que  aprovecha su ventajosa posición y crea desánimo e indignación en el ciudadano.

El funcionario  con poder que fructifica con la fragilidad del Estado se asemeja a la del joven que delinque y acomete a un niño, a una mujer, a un anciano o a un inválido. Obviamente que el joven es el funcionario y el inválido es el Estado.

Resultan  violentos desnudos morales que no tienen disculpas.

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