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25 de Mayo 1008

BENEFICIOS

ASOCIATE

La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) informa a través de la presente las nuevas propuestas constructivas que le hizo llegar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con la finalidad de facilitar el cumplimiento de las obligaciones por los contribuyentes y a la vez asegurar los ingresos fiscales que de otro modo podrían incrementar los abultados montos en mora.

A continuación, el detalle de cada una de las propuestas enviadas:

– Fijar los vencimientos de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales de personas humanas por el período 2019 hasta una fecha mínima no menor a los 30 días posteriores al fin de la cuarentena;

– Establecer el vencimiento del primer anticipo 2020 para una fecha posterior a los 30 días siguientes a la del vencimiento de las Declaraciones Juradas 2019.

– Fijar en 10 los anticipos 2020, mensuales y consecutivos del 10% del impuesto sobre bienes en el país a partir del mes de septiembre de 2020.

– Facilitar la repatriación de bienes situados en el exterior estableciendo que el plazo sea hasta el vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas del impuesto sobre los bienes personales del año 2019.

– Establecer el período para la repatriación 2021 a partir del 01/10/2020 y hasta el 30/6/2021.

– Establecer el pago a cuenta para los contribuyentes que no repatrian para el ejercicio 2020 al 11° mes posterior al vencimiento que se establezca para las declaraciones juradas del ejercicio fiscal 2019.

– Adecuar los sistemas web en función a los inconvenientes que han ido surgiendo, con antelación suficiente a los vencimientos

– Reprogramar todos los vencimientos de las presentaciones de las Declaraciones Juradas Anuales por el Impuesto a las Ganancias y la presentación de los balances auditados;

– Anticipos del impuesto a las ganancias (sociedades): 11 mensuales del 9 %, venciendo el primero anticipo a partir de los 30 días posteriores de la fecha de la presentación de la Declaración Jurada Anual del año previo;

– Bienes personales y participaciones societarias: unificar la presentación evitando duplicación.

– Unificar la presentación e información requerida en las declaraciones juradas del impuesto sobre los bienes personales y el régimen informativo de participaciones societarias en sociedades constituidas en el exterior.

– Facilidades de pago RG 4057 con un pago a cuenta del 10% y 9 cuotas iguales y consecutivas.

– Retrotraer las tasas de interés por mora. Establecer un tope para las tasas de interés del régimen de la RG 4057 en el 1,5% mensual.

Podrá acceder a la nota enviada a la titular del ente recaudador, Lic. Marcó del Pont, con todas las propuestas haciendo click aquí.

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