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25 de Mayo 1008

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Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 4748/2020, prorrogó hasta el 31 de julio el plazo de la inscripción para que monotributistas o autónomos soliciten los créditos a tasa cero

Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 4748/2020, prorrogó hasta el 31 de julio el plazo de la inscripción para que monotributistas o autónomos soliciten los créditos a tasa cero de hasta 150 mil pesos, en tres cuotas iguales y consecutivas.

Al efectuarse el desembolso de cada cuota del crédito, la entidad bancaria cancelará el monto equivalente a la obligación del período fiscal que corresponda, según el sujeto de que se trate, conforme se detalla a continuación:

Las citadas entidades deberán efectuar la cancelación de los Volantes Electrónicos de Pago a través de su red de pagos dentro de los 3 días hábiles siguientes contados desde la generación, fecha en la cual expirarán.

Recordamos que, para ser beneficiario de estos créditos, los contribuyentes interesados no tuvieron que haber cobrado el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), no haber obtenido más del 70% de sus ingresos con prestación de servicios al Estado, no poseer trabajo en relación de dependencia ni jubilación, ni integrar el directorio de sociedades comerciales.

Los monotributistas deberán haber verificado entre el 12 de marzo y el 12 de abril que sus ingresos cayeron en la comparación interanual por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado, mientras que los autónomos no debieron haber subido más de un 5% entre el 20 de marzo y el 19 de abril.

Para conocer cómo tramitar los créditos a tasa cero, clic aquí.

Para acceder a la Resolución General 4748/2020, clic aquí.

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