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25 de Mayo 1008

BENEFICIOS

ASOCIATE

En el marco del DNU 334/2021 de Nación, la Municipalidad informa que ya están en vigencia las medidas allí indicadas.

La pandemia por COVID-19 está en todo el país en un momento de alto riesgo epidemiológico debido al aumento de los casos positivos. En este sentido, a partir de la publicación del DNU 334/2021 de Nación, se determinó que la vigencia de las medidas allí indicadas va desde el 22 de mayo al 11 de junio, inclusive.

Estas son:

-Se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.

-Se suspenden las reuniones sociales.

Las medidas para los lugares de alto riesgo como Gualeguaychú tienen vigencia desde el 22 de mayo al 30 de mayo inclusive; y los días 5 y 6 de junio.

-ACTIVIDADES ECONOMICAS, INDUSTRIALES, COMERCIALES, DE SERVICIOS, CULTURALES, DEPORTIVAS, RELIGIOSAS, EDUCATIVAS, TURÍSTICAS, RECREATIVAS Y SOCIALES: Sin presencialidad, en todos los casos que sea posible se deberán realizar las tareas bajo la modalidad de teletrabajo.

-PERMANENCIA EN DOMICILIOS: Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y artículos de necesidad en comercios esenciales y retiro de compras autorizadas, siempre en cercanía a sus domicilios.

-SALIDAS DE ESPARCIMIENTO: Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos al aire libre de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias. No es necesario tramitar permiso para circular para estas actividades.

En Gualeguaychú, tanto el Parque Unzué como Parque del Sol estarán cerrados. Las personas podrán acudir a las plazas cercanas a sus domicilios, que son cerca de 130 en la ciudad.

En Gualeguaychú, tanto el Parque Unzué como Parque del Sol estarán cerrados. Las personas podrán acudir a las plazas cercanas a sus domicilios, que son cerca de 130 en la ciudad.

-ACTIVIDADES RECREATIVAS: no se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales.

-CIRCULACION: No se podrá circular afuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.

-PROHIBICION DE CIRCULACION: Desde las 18 horas hasta las 6 horas del día siguiente.

-GASTRONOMIA: Sólo mediante delivery y take away.

-TRANSPORTE PUBLICO: Quedan habilitadas para su uso las personas expresamente autorizadas para el desempeño de sus actividades (1) , los casos especiales, atención de salud y vacunación.

-PERMISOS: Todas las personas exceptuadas de la prohibición de circular (1) y (2), deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” que las habilite a circular. Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.

-COMERCIOS MINORISTAS: Sólo podrán realizar ventas en la modalidad de venta electrónica o teléfonica. No podrán tener sus puertas abiertas.

Municipalidad de Gualeguaychú

A partir de la publicación de estos documentos oficiales, comienza la aplicación de estas disposiciones en la ciudad de Gualeguaychú.

Es importante remarcar que la Municipalidad garantizará el servicio de recolección de residuos y potabilización de agua, así como el mantenimiento de calles, obras públicas, y funcionamiento de todas las áreas municipales.

La secretaría de Desarrollo Social y Salud mantendrá el 100% de los servicios activos, como la atención a la población, la política alimentaria, la atención de género y diversidad, integración y desarrollo; y los 10 CAPS municipales mantendrán la vigencia de los turnos otorgados y el avance de las campañas de vacunación de COVID-19 y antigripal.

La secretaría de Desarrollo Social y Salud mantendrá el 100% de los servicios activos, como la atención a la población, la política alimentaria, la atención de género y diversidad, integración y desarrollo; y los 10 CAPS municipales mantendrán la vigencia de los turnos otorgados y el avance de las campañas de vacunación de COVID-19 y antigripal.

La Municipalidad también, a partir del decreto 1136/2020, dispone la posibilidad de que todo el personal municipal debe estar a disposición para prestar servicios de manera provisoria en cualquier dependencia o institución, que tienda a garantizar diferentes finalidades.

La Municipalidad continuará realizando controles en diferentes zonas de la ciudad, verificando junto al personal policial el cumplimiento de lo dispuesto por el DNU de nación.

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