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25 de Mayo 1008

BENEFICIOS

ASOCIATE

Cr. Luis Alberto Dalcol,

La base imponible del impuesto puede estar en el capital, en el consumo o en la renta. Nuestro país presenta un desequilibrio entre el impuesto al capital, por debajo en su relación al consumo y a la renta. Elevada la renta de ingresos del trabajo respecto de la renta del capital. El F.M.I. quiere elevar aún más el impuesto a las ganancias recaudado a las personas humanas, pasar del 1% actual al 20% del P.B.I.

Un empleado sin cargas de familia ni deducción de gastos empieza a tributar por ingresos sin descuentos  cuando supera $ 3.000.000 al mes. Si tiene cargas de familia la incidencia es mayor, porque las deducciones permitidas están alejadas de los gastos reales que implica vivir en familia. El ingreso mensual bruto,  con los descuentos por jubilación, obra social y demás,  se reducen a un neto  de $ 2.500.000.  Es decir, comienza la retención del impuesto a las ganancias cuando el ingreso neto supera dicho importe.

Las deducciones que permite la ley para vivir, o los límites para los gastos, no se corresponden con las erogaciones reales. Por ejemplo los importes mensuales – en miles – del mínimo no imponible es de $ 430, por cónyuge $ 404, por hijo $ 203, hijo incapacitado $  407; y la deducción especial por trabajar en relación de dependencia de $ 2.064. En la actualidad, tributan  impuesto a las ganancias unos  884 mil asalariados y unos  172 mil jubilados. Los impuestos al consumo, como IVA, II.BB. (piramidal) y las tasas  pagan en mayor proporción que los contribuyentes no asalariados,  porque se trasladan en el precio del producto o servicio prestado y porque es mayor la  propensión marginal sobre  los ingresos percibidos. El I.A.R.A.F. estima que el asalariado informal destina la mitad de su tiempo de trabajo para pagar impuestos.

No se analizan aquí  sobre sueldos de  funcionarios públicos, confesados  por el ex Ministro Domingo Cavallo. Están en negro. No están legalizados. No pagan impuestos.

EL TRABAJADOR AUTONOMO

La situación del contribuyente autónomo no incluido en el régimen para pequeños contribuyentes (monotributista) es aún más  injusta. Por jubilación paga entre $ 70 y $ 310 mil por mes. Si supera ingresos de $ 5.062.000 al mes, paga por ganancias un fijo de $ 1.222.000, más el 35 % sobre el excedente, no tiene deducción especial.

RELACIONES  

En síntesis, el capital tributa el 25 % de sus ganancias,  sin progresividad. El super R.I.G.I., en consideración en el Congreso,  asegura a las inversiones que superen  US$ 1.000 millones bajar la tasa al 15 %,  por un período de 30 años (tiempo que supera cualquier proyecto de inversión y su tiempo de recupero). Se itera, contra el 35 % que  pagan las personas asalariadas, jubilados y los autónomos no monotributistas  por ingresos fuera de la progresividad.

La  sociedad requiere de una distribución más equitativa de las cargas necesarias para sostener el Estado. Los impuestos al consumo resultan  desproporcionados sobre los impuestos al capital que requieren de corrección para alcanzar un balance razonable junto a los impuestos a la renta de los altos ingresos al trabajo.

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